La Corte Suprema anuló el 5 de octubre una sentencia favorable a beneficiarios del TPS y ordenó revisar nuevamente el caso en el Noveno Circuito.
La resolución representa un revés judicial para los venezolanos que buscaban frenar las decisiones del Gobierno sobre el Estatus de Protección Temporal.
El tribunal de apelaciones deberá reconsiderar su fallo tomando en cuenta Mullin v. Doe, un precedente de junio mencionado expresamente en la orden.
La medida no establece una nueva fecha de vencimiento para todos los documentos migratorios ni resuelve definitivamente cada situación individual.
🚨🇺🇲🇻🇪 ÚLTIMA HORA La Corte Suprema de Justicia toma una decisión importante sobre el TPS para Venezuela.
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— John R. De La Vega, P.A. (@johndelavegalaw) October 5, 2026
. La preocupación inmediata es laboral: haber tenido TPS no garantiza que una persona conserve hoy una autorización válida para trabajar en Estados Unidos.
La información de USCIS consultada reconocía vigencia hasta el 2 de octubre de 2026 para determinados documentos expedidos a más tardar el 5 de febrero de 2025.
Ese plazo ya transcurrió. Sin embargo, tampoco corresponde concluir que cualquier permiso de trabajo de un ciudadano venezolano perdió validez por esta orden.
Cada trabajador debe comprobar la categoría de su autorización, posibles extensiones aplicables y si dispone de un permiso independiente del TPS.
Una solicitud de asilo pendiente y un estatus migratorio concedido son situaciones distintas. Confundirlas puede llevar a interpretar incorrectamente las protecciones disponibles.
Armando Olmedo, abogado citado por N+ Univisión en el texto fuente, advierte que presentar una solicitud no otorga por sí mismo estatus migratorio.
El asilo pendiente puede permitir solicitar autorización laboral bajo requisitos específicos; esa autorización debe evaluarse separadamente de la documentación vinculada al TPS.
También importa identificar ante qué autoridad se tramita el expediente y si existen órdenes judiciales o decisiones migratorias que afecten al solicitante.
Quienes perdieron el TPS y carecen de otra protección pueden enfrentar procedimientos de remoción, según la explicación del abogado recogida en el texto fuente.
Esto no significa que todos los antiguos beneficiarios serán deportados inmediatamente: los antecedentes migratorios y las protecciones disponibles requieren un análisis individual.
Una petición familiar, un caso de asilo o un permiso laboral tampoco deben interpretarse automáticamente como garantías equivalentes de permanencia.
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Para las familias afectadas, la prioridad es determinar qué protección existe actualmente y qué obligaciones deben cumplir ante USCIS o los tribunales.
El proceso judicial continúa. La Corte Suprema devolvió el expediente al Noveno Circuito para una nueva evaluación, en lugar de cerrar definitivamente la controversia.
La continuidad del litigio no permite asumir que las protecciones anteriores permanecen vigentes ni que habrá una renovación automática del beneficio.
Los afectados deben reunir sus tarjetas laborales, notificaciones migratorias y documentos judiciales para revisar su situación con un abogado o representante acreditado.
La cuestión central ahora es concreta: identificar una base vigente para trabajar o permanecer en el país, sin depender únicamente de haber tenido TPS.
FUENTE: elcomercio, univision